
Si compras y vendes oro o joyas en España, eres un sujeto obligado por la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales. Te explicamos qué debes hacer, desde cuándo, cuánto se sanciona y cómo automatizarlo.
La Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo establece las obligaciones de control que deben cumplir determinados sectores económicos con alto riesgo de ser usados para lavar dinero.
Las tiendas de compraventa de oro y las joyerías están explícitamente incluidas en el artículo 2.1.m de la ley, que menciona a “los comerciantes que negocien con joyas, piedras preciosas o metales preciosos”. No importa el tamaño de tu negocio ni el volumen de facturación: si compras o vendes oro, eres un sujeto obligado.
Importante. El cumplimiento de la Ley 10/2010 no es opcional: es una obligación legal para todas las tiendas de compraventa de oro en España, independientemente de si eres autónomo o sociedad, y de tu volumen de negocio.
Cuando se supera el umbral de identificación, debes registrar los siguientes datos y obtener copia del documento acreditativo:
El régimen sancionador de la Ley 10/2010 es uno de los más severos del ordenamiento administrativo español:
Atención. Además de la sanción económica, las infracciones muy graves pueden conllevar la suspensión temporal de la actividad o incluso la inhabilitación del titular. La Guardia Civil y el SEPBLAC realizan inspecciones periódicas en el sector del oro.
Es un error muy frecuente confundir estas dos obligaciones. Son independientes y complementarias:
Un error habitual es pensar que el Libro Registro Policial ya cubre la obligación antilavado. No es así: son dos registros distintos con distintos fines, distintos umbrales y distintos destinatarios.
Buenas noticias. ORONET gestiona ambos registros desde el mismo sistema. Cuando introduces una operación de compra, el programa genera automáticamente la entrada del libro-registro policial y exige la identificación del cliente con su DNI, controlando además el límite de pago en metálico de 1.000 €.
ORONET va más allá del umbral legal: exige registrar e identificar al cliente en todas las operaciones (la ficha de cliente con DNI es obligatoria para crear cualquier compra o empeño). Además controla el límite de pago en metálico de 1.000 €: cuando una operación lo supera, el sistema reparte el pago entre caja y banco (transferencia, Bizum o tarjeta) desde el propio formulario de pago.
ORONET incluye módulo de escaneo y almacenamiento de DNI/NIE. La imagen del documento queda asociada a la operación, lista para una posible inspección. No se necesita papel ni archivador físico.
Todas las operaciones quedan registradas con su fecha y los datos del cliente, y la documentación asociada (contratos, recibos, consentimiento RGPD firmado, copias del DNI) se archiva en PDF organizada por periodos. Ante una inspección del SEPBLAC o de la Guardia Civil, cualquier operación se localiza en segundos.
Si recibes un requerimiento o debes documentar operaciones de un periodo, ORONET genera listados e informes por fechas (compras, empeños, clientes) exportables a Excel y PDF, que sirven de soporte documental ante el SEPBLAC o la autoridad que inspeccione.
ORONET clasifica a los clientes por categorías de riesgo y avisa al operador en pantalla al abrir o seleccionar un cliente marcado (por ejemplo, un cliente no fiable o reclamado por las autoridades), además de avisar automáticamente si el cliente es menor de edad. El operador queda advertido antes de cerrar la operación.
Con ORONET. El cumplimiento de la Ley 10/2010 pasa de ser una carga administrativa a un proceso automático e integrado en el día a día del negocio. El programa hace el trabajo: tú solo revisas las alertas.
El umbral antilavado obliga a identificar cuando la operación en efectivo alcanza los 1.000 euros, o los 15.000 euros con cualquier medio de pago, y siempre que haya indicios de blanqueo. En la práctica, el libro-registro policial ya exige identificar al vendedor en toda compra de oro — y ORONET aplica ese criterio: ficha de cliente con DNI obligatoria en todas las operaciones.
Cuando la operación supera el umbral debes solicitar el DNI o NIE en vigor y hacer una copia, además de registrar nombre completo, domicilio, actividad profesional y origen declarado del objeto o material. Todos estos datos deben conservarse durante 10 años mínimo.
La Ley 10/2010 exige conservar la documentación de identificación y el registro de operaciones durante un mínimo de 10 años desde la fecha de la operación. ORONET archiva este historial de forma segura e indexada (operaciones, contratos, copias del DNI y documentos firmados en PDF), listo para una inspección.
El SEPBLAC es el organismo supervisor de la prevención del blanqueo en España. Como sujeto obligado debes designar un representante ante él, aplicar un manual de prevención interno, formar a tu personal y comunicar las operaciones sospechosas que detectes. ORONET facilita el soporte documental: listados e informes por periodo con los datos de cliente y operación.
No, son obligaciones distintas. El Libro Registro Policial cumple con la normativa de la Dirección General de la Policía (control de objetos robados). La Ley 10/2010 de antilavado es independiente: exige una ficha de cliente más completa, tiene su propio umbral de 1.000 euros en efectivo y las comunicaciones van al SEPBLAC, no a la Policía. ORONET gestiona ambos registros desde el mismo sistema.
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